1 Buena fe: Dos aspectos reviste la buena fe del poseedor: Positivo: creencia de ser dueño. El art. 1950 Código Civil se fija en el aspecto positivo al decir que “la buena fe del poseedor consiste en la creencia de que la persona de quien recibió la cosa era dueño de ella y podía transmitir su dominio”.. Negativo: Ignorancia del vicio que
Esel poder jurídico patrimonial más amplio y perfecto que se puede ejercer sobre las cosas, en la práctica el derecho real lo detenta quién tiene el bien a su nombre, como por ejemplo con las escrituras públicas registradas en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en el caso de un bien inmueble, o la tarjeta de propiedad y el registro en la 1 f. Dominio, poder, jurisdicción o facultad que se tiene sobre algo. 2. f. En algunas poblaciones de Italia, corregidor, juez o gobernador.deldominio divino, en cuanto que tiene poder limitado sobre otro hombre o sobre otra criatu-ra». Se trata, como manifiesta T. Urdánoz, «de un dominio directo y posesión de la sustancia de las cosas, pero siempre en orden al uso de las mismas, no de dominio existencial y sobre su ser íntimo».Controlque se ejerce sobre algo o alguien . Generalmente, este sentido de la palabra lo aplicamos sobre aquellos individuos que ocupan un cargo o realizan determinada 72lhROx. 192 31 30 282 479 213 73 274 117